viernes, 12 de agosto de 2011

El Tratado de Ottawa y su endeble prohibición de las minas antipersonales


El pasado 4 abril de abril se celebró el Día Internacional para la sensibilización contra las minas antipersonal. A día de hoy, se ha confirmado el uso de minas antipersonal por parte de grupos armados no estatales en seis países: Afganistán, Colombia, India, Myanmar, Pakistán y Yemen. El número de países productores suman doce, entre los que destacan Estados Unidos, China, Rusia, Israel y Pakistán.

Las minas antipersonales están prohibidas internacionalmente desde el año 1997 gracias al Tratado de Ottawa. Un tratado que en el 2011 forman parte 156 países en contra de 39 que no lo son, entre ellos, los principales productores de minas. En las negociaciones gubernamentales relacionadas con el Tratado de Ottawa estuvieron presentes el CICR (Comité Internacional de la Cruz Roja) y las ONG de la ICBL (International Campaign to Ban Landmines, constituida en 1992). ¿Tiene cabida hoy día un tratado elaborado hace más de catorce años para la erradicación del uso de minas? 

La pregunta no puede responderse sin saber antes qué puntos flaquean del Tratado de Otawa. Por primera vez, un instrumento legal prohíbe completamente un tipo de armas y garantiza la destrucción de las almacenadas. Asimismo, ofrece unos mecanismos de control del cumplimiento del tratado, como medidas facilitación y clarificación de procedimientos para su desempeño. Compromete una asistencia al desminado y a las víctimas. A su vez, la firma de la Convención no permite ninguna reserva, es decir, todos los Estados firmantes deben acogerse en su totalidad. Sin embargo, el mismo Tratado presenta varias lagunas. No prohíbe las minas contracarro, aunque sus efectos sean muy similares a las antipersonal. El Tratado enfatiza la transparencia y la construcción de relaciones de confianza entre los Estados Parte, pero no crea mecanismos que permitan a los Estados realizar misiones de verificación para comprobar el cumplimiento de las obligaciones del acuerdo. Además, el Tratado margina por completo la cuestión de cómo puede cumplir con sus obligaciones un Estado Parte cuándo es víctima de un conflicto interno en partes del territorio que no controla. Tres cuestiones que no han sido reparadas tras catorce años de Tratado y que han perjudicado considerablemente en el esfuerzo por alcanzar sus objetivos.

En el año 2011, el 80 % de las naciones del mundo se han sumado al Tratado, pero ningún estado se ha unido desde el 2007. Según el informe de The Monitor del año 2010-2011, sobre el uso de minas antipersonales, no ha habido necesidad de que los Estados Parte del Tratado sean invocados de las disposiciones del propio Tratado para aclarar su cumplimiento. No obstante, Turquía, Estado miembro desde el año 2003, está siendo objeto de una investigación judicial porque sus fuerzas armadas usaron minas antipersonal en el año 2009. La debilidad del Tratado también queda reflejada en el hecho que menos del 40 % de los estados han promulgado leyes nacionales para aplicar el Tratado desde su firma.

La comunidad internacional debe hacer frente a dos grandes retos: universalizar la prohibición de las minas e incrementar los esfuerzos para combatir la contaminación causada por esta arma, incluso desde la identificación, señalización y limpieza de los campos minados hasta la sensibilización sobre el peligro de las minas. No obstante, resulta difícil preguntarse cuál será el valor de un acuerdo de prohibición total si los países clave en la producción y uso siguen sin firmarlo. 

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